La Sala de Decisión Cuarta del Tribunal Administrativo de Boyacá, mediante fallo de única instancia, declaró no configuradas las excepciones de caducidad del medio de control y la falta manifiesta de legitimación en causa por activa, propuestas por el personero demandado y el Concejo Municipal de San Luis de Gaceno, en respuesta a la demanda interpuesta por el rector de la Universidad Popular del Cesar, Rober Romero Ramírez, debido a que personas no autorizadas utilizaron el nombre de la institución para adelantar indebidamente el concurso.
En consecuencia, el Tribunal declaró la nulidad del acto de elección de Darbey Aldemar Leguizamón Perilla como personero del municipio de San Luis de Gaceno, Boyacá, para el cuatrienio 2024-2028. La nulidad se fundamentó en la vulneración de los principios de objetividad, transparencia e imparcialidad que deben regir dicho proceso. Además, el Tribunal ordenó adelantar un nuevo trámite de elección, que deberá incluir la selección de un ente especializado hasta el nombramiento final.
Adicionalmente, la Sala de Decisión Cuarta, bajo la ponencia del Magistrado Diego Mauricio Higuera Jiménez, reiteró que no se configuraron la caducidad del medio de control ni la falta de legitimación por activa de la UPC, propuestas por los demandados.
Oscar Pacheco Moscote, jefe de la Oficina Jurídica de la Universidad Popular del Cesar, destacó que el fallo demuestra que la elección del personero de San Luis de Gaceno se basó en un convenio que no fue autorizado ni ejecutado por la institución de educación superior. “Esta decisión fue adoptada y apoyada por la Procuraduría General de la Nación, que también identificó las irregularidades cometidas durante el proceso y respaldó la posición jurídica de la institución”, expresó Pacheco Moscote.
El jefe jurídico también manifestó que la Universidad Popular del Cesar espera que esta decisión se replique en los 16 despachos judiciales donde se cursan otros procesos de nulidad electoral por la elección irregular de personeros para el periodo 2024-2028.
Del análisis detallado del expediente administrativo y del acervo documental —no tachado ni desconocido por los sujetos procesales— se concluyó que el convenio no fue ejecutado por la Universidad Popular del Cesar, situación que fue informada por el rector Rober Romero Ramírez, entre noviembre de 2023 y enero de 2024, a los concejales de San Luis de Gaceno, quienes optaron por desconocer las advertencias y proceder con la elección del personero.
Finalmente, la Sala enfatizó que la objetividad y transparencia que debieron regir el proceso de selección fueron seriamente comprometidas por los presuntos hechos irregulares denunciados por el rector de la Universidad Popular del Cesar, Rober Romero Ramírez, ante la Fiscalía General de la Nación en noviembre de 2023.
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